RESIDENCIA Y TRABAJO: PROCESO EXTRAORDINARIO HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2026
El nuevo marco legal introducido por el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, que modifica el Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024, abre una oportunidad excepcional para que ciudadanos extranjeros en España puedan regularizar su situación a través de nuevas vías de arraigo y en Lilian Maristany Abogados, como despacho especializado y con amplia experiencia en derecho de extranjería, te ofrecemos un asesoramiento integral, honesto y personalizado para ayudarte a beneficiarte de este proceso que durará hasta el 30 de junio de 2026, con todas las garantías jurídicas; en particular, la residencia por circunstancias excepcionales por razón de arraigo para solicitantes de asilo (EX31) permite acceder a la regularización a quienes hayan presentado solicitud de protección internacional antes del 1 de enero de 2026 y cumplan con los siguientes requisitos: pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción completos de la persona extranjera; certificado de antecedentes penales del país de origen o de procedencia; justificante de presentación de solicitud de protección internacional antes de 1 de enero de 2026; acreditación de la permanencia en territorio nacional durante cinco meses continuados antes de la solicitud; abono de la tasa obligatoria de tramitación; escolarización de menores de edad, en su caso; acreditación del vínculo con el solicitante principal en el caso de familiares y menores; y acreditación de la convivencia con el solicitante principal en el caso de familiares y menores; asimismo, el arraigo extraordinario (EX32) se configura como otra vía clave para quienes se encuentren en situación irregular, exigiendo igualmente pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción completos; certificado de antecedentes penales del país de origen o procedencia; justificante de la situación irregular del solicitante mediante oferta de contratación, experiencia laboral o situación de vulnerabilidad; acreditación de permanencia en España durante cinco meses continuados antes de la solicitud; abono de la tasa administrativa correspondiente; escolarización de menores de edad, en su caso; acreditación del vínculo con el solicitante principal en el caso de familiares y menores; y acreditación de la convivencia con el solicitante principal en el caso de familiares y menores; como abogada experta en extranjería, te acompaño personalmente en todo el proceso, desde el análisis inicial de viabilidad hasta la preparación y presentación de tu expediente, con un enfoque cercano, eficaz y orientado a resultados, para que puedas construir tu futuro en España con seguridad y tranquilidad.
Ex31- RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES POR RAZÓN DE ARRAIGO DE SOLICITANTES DE ASILO:
- PASAPORTE, TÍTULO DE VIAJE O CÉDULA DE INSCRIPCIÓN COMPLETOS DE LA PERSONA EXTRANJERA.
- CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES DEL PAÍS DE ORIGEN O DE PROCEDENCIA*
- JUSTIFICANTE DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUD DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL ANTES DE 1 DE ENERO DE 2026
- ACREDITACIÓN DE LA PERMANENCIA EN TERRITORIO NACIONAL 5 MESES CONTINUADOS ANTES DE PRESENTACIÓN
- TASA OBLIGATORIA PARA LA TRAMITACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
- ESCOLARIZACIÓN DE MENORES DE EDAD, EN SU CASO
- ACREDITACIÓN DEL VÍNCULO CON EL SOLICITANTE PRINCIPAL EN EL CASO DE FAMILIARES Y DE MENORES
- ACREDITACIÓN DE LA CONVIVENCIA CON EL SOLICITANTE PRINCIPAL EN EL CASO DE FAMILIARES Y DE MENORES
Ex32- RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES POR RAZÓN DE ARRAIGO EXTRAORDINARIO
- PASAPORTE, TÍTULO DE VIAJE O CÉDULA DE INSCRIPCIÓN COMPLETOS DE LA PERSONA EXTRANJERA.
- CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES DEL PAÍS DE ORIGEN O DE PROCEDENCIA*
- JUSTIFICANTE DE LA SITUACIÓN IRREGULAR DEL SOLICITANTE: OFERTA DE CONTRATACIÓN, EXPERIENCIA LABORAL O SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD
- ACREDITACIÓN DE LA PERMANENCIA EN TERRITORIO NACIONAL 5 MESES CONTINUADOS ANTES DE PRESENTACIÓN
- TASA OBLIGATORIA PARA LA TRAMITACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
- ESCOLARIZACIÓN DE MENORES DE EDAD, EN SU CASO
- ACREDITACIÓN DEL VÍNCULO CON EL SOLICITANTE PRINCIPAL EN EL CASO DE FAMILIARES Y DE MENORES
- ACREDITACIÓN DE LA CONVIVENCIA CON EL SOLICITANTE PRINCIPAL EN EL CASO DE FAMILIARES Y DE MENORES
